Pese
a que anteriores pedidos de vacancia y suspensión han sido declarados
improcedentes, los regidores del concejo distrital de Cerro Azul insisten con
pretender sacar del cargo a su alcalde Abel Miranda Palomino.
El
día de ayer, presentaron ante el Jurado Nacional de Elecciones un recurso de
queja, donde dan cuenta de las acciones
dilatorias del burgomaestre para tramitar el pedido de suspensión que ellos han
presentado.
Los
regidores Carlos Alberto Saavedra Aguilar, Carmen Yoshiko Kuroiwa Quispe, Flor
de María Castro Chuchón y Marlene Rosario Quispe Cama, fueron los que
presentaron el documento ante el JNE.
El
recurso de queja presentado es contra la tramitación de la solicitud de
suspensión del alcalde y piden lo siguiente:
1-
Que la resolución a emitirse se requiera al alcalde proceda a correr traslado
de su descargo y documentación ordenada por el JNE el día 10 de mayo.
2-
Que en la resolución a emitirse se ordene al sr. Alcalde dar fiel cumplimiento
a lo dispuesto en el considerando N° 19, que dispone que el concejo municipal
determine si el RIC aprobado por ordenanza municipal 002-2016-MDCA, se
encuentra vigente y, por lo tanto, resulta aplicable para sancionar a la
autoridad cuestionada.
3-
Que se disponga remitir oficio a la comisaría del distrito a fin que otorgue
las correspondientes garantías para la realización de la sesión de concejo a
realizarse el día 11 de agosto, a horas 8.30 am
4-
Que se requiera al alcalde, en el caso de presentarse recurso de apelación,
proceda a acompañar copia del video de toda la sesión extraordinaria a
realizarse el día 11 de agosto del 2017.
Los
quejosos consideran que Abel Miranda asume una actitud evasiva y
obstruccionista el no haber acompañado la documentación que ordenó el JNE que
les corran traslado, conteniendo toda la información del proceso que busca
suspenderlo.
Cabe
anotar que ya una vez Miranda Palomino fue suspendido del cargo por un mes.
Luego los regidores han vuelto a pedir suspenderlo en el cargo, así como
vacarlo, pero no lo han logrado y ahora vuelven a insistir.
Es
importante señalar que el último 24 de julio, el Jurado Nacional de Elecciones
declaró Improcedente la solicitud de aclaración de la resolución N°
0185-2017-JNE, del 10 de mayo de 2017, que formularon los 4 regidores.
En
esta declaratoria de Improcedencia les precisaron lo siguiente:
“la
aclaración de resoluciones procede cuando estas contienen algún concepto oscuro
o dudoso que pueda generar confusión al momento de su interpretación. Sin
embargo, tales supuestos no se presentan en el presente caso, toda vez que en
el considerando 16 de la Resolución N.° 0185-2017-JNE solo se citan las
imputaciones efectuadas por los recurrentes en la solicitud de suspensión
(fojas 86 y 87), y a las que se hizo referencia en los antecedentes de dicho
pronunciamiento”.
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