Mediante
Resolución N° 0624-2016-JNE, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró
Infundado el recurso de apelación que Francisco Carlos Chumpitaz Villaverde interpuso
y Confirmó el acuerdo de concejo que rechazó su solicitud de vacancia contra
Rosalí Palermo Figueroa Gutiérrez, alcalde de la municipalidad distrital de
Mala.
Este
caso se presentó al considerar que el alcalde incurrió la causal de
restricciones en la contratación contemplada en el artículo 22, numeral 9, de
la Ley Orgánica de Municipalidades por entregar S/.45 mil soles a dos
funcionarios de la municipalidad en calidad de “fondos por encargo”, destinados
a cubrir los gastos de las fiestas patronales del distrito; sin embargo, luego
de cinco meses, estos funcionarios no rindieron cuenta del dinero entregado,
ante lo cual el alcalde y el gerente municipal “no accionaron como corresponde,
incurriendo en responsabilidad, al no cautelar adecuadamente los intereses de
la comuna municipal”, pues no se abrió procedimiento sancionador contra ninguno
de ellos y, más bien, uno se retiró de la función municipal y otro fue
promovido como gerente de Administración y Finanzas.
En
la valoración y análisis de los sustentos de ambas partes, los magistrados
precisaron lo siguiente:
“Contrariamente
a lo sostenido por el recurrente ante esta instancia, las referidas
resoluciones de alcaldía no pueden ser consideradas como contratos, pues en
ellas está ausente el acuerdo de voluntades entre la entidad municipal y un
tercero con el objeto de disponer de un bien o servicio municipal.
Por
consiguiente, toda vez que no concurre el primer elemento de la causal de
restricciones en la contratación, y ya que la evaluación de su configuración es
tripartita y secuencial, carece de objeto continuar con el análisis de los dos
restantes”.
Pese
a ello, han ordenado remitir copia de los actuados a la Contraloría General de
la República, a fin de que, en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, verifique la correcta utilización de los recursos y bienes de dicho
municipio.
Como
se recuerda, este pedido de vacancia fue presentado el 14 de diciembre del año
2015 y recién finaliza, tras una serie de idas y venidas que buscaba que vacar
al alcalde de dicho distrito cañetanos, que viene siendo cuestionado por un
sector de su población.
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