El Jurado Nacional de Elecciones ha abierto un
procedimiento sancionador contra el presidente regional de Lima, Javier
Alvarado Gonzáles del Valle, a fin de determinar el supuesto grado de
infracción de no dar cuenta de la difusión de publicidad estatal, previsto en
el numeral 14.2 del artículo 14 del reglamento de publicidad estatal en periodo
electoral.
Este procedimiento se inicia luego de la denuncia
presentada por el candidato de “Confianza Perú”, Vicente Sánchez Vásquez, quien
señaló que se viene difundiendo elementos publicitarios de sus programas
sociales y obras públicas a través de paneles, obras ejecutadas, programas
sociales y videos difundidos en buses de transporte público interprovincial.
Vicente Sánchez presentó como medios probatorios
fotografías de paneles ubicados en Cañete y en Huaura , así como de las
ambulancias donde aparece la frase de “Gobierno Regional de Lima-Javier
Alvarado-Presidente”.
Asimismo, debido a denuncias recibidas de manera verbal
sobre la difusión de publicidad estatal en la ciudad de Huacho por parte del
Gobierno Regional de Lima, la citada Dirección Nacional se desplazó a dicha
ciudad, encontrando diversas pintas en predios privados y públicos.
En relación a la denuncia sobre la inclusión de colores
alusivos a una organización política en la publicidad estatal difundida por el
GORE Lima, al no haberse precisado en qué puntos de la región han aparecido
“pintas alusivas” con el nombre del “Presidente Regional, nuevo periodo
2015-2018 y la frase “por más obras”, la Dirección Nacional de Fiscalización y
procesos electorales recomienda realizar un trabajo de campo para determinar la
ubicación, así como determinar si es propaganda electoral que se encuentra en
predio público o privado.
Respecto a la inclusión en los videos señalados de
colores alusivos al Movimiento Patria Joven y al partido Triunfa Perú, precisan
que el primero de los citados se encuentra inscrito en el Registro de
organizaciones políticas, no así el segundo; sin embargo, los colores que
indica el denunciante pertenecen a la bandera del Perú, así como a diversas
organizaciones políticas, por lo que no se considera que estén proscritos en el
diseño de publicidad estatal.
Ante lo expuesto, corresponde disponer la apertura del
procedimiento sancionador contra el titular del pliego del gobierno regional de
Lima, por no dar cuenta de la difusión de la publicidad estatal, supuesto de
infracción establecido en el numeral 14.2 del artículo 14 del reglamento,
debiendo correr traslado del informe a efectos de que dentro de los dos días
hábiles siguientes a la notificación, cumpla con la presentación de los
descargos, así como la remisión de la información que diera lugar. Vencido el
plazo de la contestación el Jurado Nacional de Elecciones se pronunciará con o
sin respuesta de parte de Javier Alvarado.
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