Mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2008-MDI, la Municipalidad Distrital de Imperial ha establecido la tasa a cobrar por el trámite del procedimiento no contencioso de la Separación Convencional y divorcio Ulterior.
Según la ordenanza las personas naturales que después de transcurrido dos (02) años de la celebración del matrimonio, decidan poner fin a dicha reunión mediante Separación Convencional y Divorcio Ulterior podrán iniciar sus trámites ante la Municipalidad Distrital de Imperial, iniciándose el proceso presentando una solicitud ante la mesa de partes.
El derecho a abonar es de S/. 500 (Quinientos Nuevos Soles) y han dispuesto que la tramitación del Procedimiento esté a cargo de la Oficina de Asesoria Jurídica de la Municipalidad, salvo en lo referente a la expedición de las resoluciones que ponen a fin a cada etapa del procedimiento, ya que éstas estará reservada de manera privativa para el Alcalde Imperial. Asimismo, han dispuesto que el diligenciamiento de las notificaciones que fueran necesarias estarán a cargo de la Oficina de Secretaría General de la Municipalidad.
De esta manera, la Municipalidad imperialina será la primera en su género en brindar este nuevo servicio en la provincia de Cañete y la Región Lima. La ordenanza ya ha entrado en vigencia luego que fuera ratificada mediante Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, tal y como lo estipula la Ley Orgánica de Municipalidades.
Lo que no ha quedado establecido cuánto tiempo durará el tramite del llamado "divorcio rápido".
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