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Diario Digital Buenos días Cañete, 24 noviembre 2024

DESDE CAÑETE PARA EL MUNDO

miércoles, 29 de diciembre de 2010

ACTUAL ALCALDE DE QUINOCAY CONTINUARÁ EN EL CARGO POR ANULARSE ELECCIONES MUNICIPALES

El cuestionado alcalde del distrito yauyino de Quinocay, Clemente Manta Martinez continuará por un tiempo más en el cargo luego que el Jurado Nacional de Elecciones determinara que continúe en funciones.

Mediante Resolución Nº 5001-2010 el JNE determinó que las autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2007-2010 continúan en funciones, en sus respectivos concejos municipales, por lo que se mantiene la vigencia de sus credenciales hasta que las nuevas autoridades sean elegidas en Elecciones Complementarias y asuman el cargo, tras la culminación del proceso de transferencia establecido en la Ley N° 26997


Cabe precisar que esta decisión se asumió luego de anular el proceso eleccionario celebrado el pasado mes de Octubre de 2010, por lo que es necesario nuevas elecciones que se daría el próximo año 2011; mientras tanto Clemente Manta continuará en el cargo conjuntamente con sus regidores.


A manera de ilustración BUENOS DIAS CAÑETE consultó sobre este tema sui generis ante el máximo ente electoral precisando lo siguiente:


Debe asegurarse y garantizar la continuidad de la gobernabilidad en los gobiernos locales en los cuales se declaró la nulidad de las elecciones hasta que las nuevas autoridades sean electas y asuman el cargo, posteriormente a las Elecciones Municipales Complementarias, que se convocan dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los concejos municipales y se realizan el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales, de conformidad con el artículo 4 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales.



Por ello, en aplicación del artículo 5, literal j, de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponde ampliar la vigencia de las credenciales otorgadas a las autoridades ediles donde fueron declaradas nulas las elecciones municipales, la cual deberá prolongarse durante el proceso de transferencia regulado en la Ley N° 26997, Ley que establece la conformación de las comisiones de transferencia de la administración municipal.

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