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DESDE CAÑETE PARA EL MUNDO

jueves, 29 de diciembre de 2011

Menos de un tercio de kits adquiridos lograron convertirse en solicitudes de revocatoria

Menos de un tercio de los kits adquiridos para los últimos procesos de revocatoria del mandato de autoridades municipales terminaron en solicitudes formales de destitución de alcaldes y regidores, según cifras de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Así por ejemplo, de los 738 kits adquiridos para la consulta popular de revocatoria del 2004, solo 188 (25%) se convirtieron en solicitudes que cumplieron con los requisitos y fueron admitidas para llevar a cabo la consulta que se desarrolló el 17 de octubre.
Igualmente, para las dos consultas populares de revocatoria desarrolladas en el 2005, se adquirieron 63 formatos para intentar revocar autoridades municipales, pero solo 21 (33%) solicitudes lograron reunir los requisitos exigidos y fueron admitidas para las consultas que se realizaron el 3 de julio y el 30 de octubre.
A su vez, para la consulta popular de revocatoria del año 2008 se adquirieron en la ONPE mil 511 kits electorales y las solicitudes finalmente admitidas al reunir los requisitos fueron 245 (16%).
Según la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, la revocatoria se lleva adelante en una circunscripción electoral, si el 25% de los electores, con un máximo de 400 mil firmas, presenta la solicitud de revocación del mandato.
La adquisición del kit electoral marca el inicio del proceso para solicitar la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades y podrán ser adquiridos por todos los ciudadanos que así los requieran en cada circunscripción, a partir del lunes 2 de enero.
La consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales solo procede una vez en el periodo de gobierno, excluyendo la posibilidad de presentarla en el primer o último año.
La revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a las autoridades regionales y municipales, tales como: presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales, alcaldes y regidores, así como jueces de paz que provengan de elección popular.
A través de este mecanismo, la ciudadanía decide, a través de una consulta popular, si dar por terminado el mandato conferido a la autoridad elegida o, por el contrario, ratifica su confianza en ella.

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