
De
acuerdo a los considerandos del dictamen se concluyó que el Sr. Pedro José
Minaya Bazán, no cumple con el perfil para dirigir y supervisar la Unidad
Ejecutora Lima Sur que exige su Reglamento de Organización y Funciones y el
Manual de Organización y Funciones a todos los funcionarios públicos.
En
ese sentido se pide la nulidad de la Resolución Ejecutiva Regional N°
055-2015-PRES, por no estar arreglada conforme a lo dispuesto por el Decreto
Supremo N° 017-96-PCM.
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